Por Decreto N°9584/23, el Poder Ejecutivo dispuso el aumento del salario mínimo legal (SML) hasta Gs.2.680.373. De esta manera, aquellas personas que estén percibiendo el salario mínimo recibirán Gs.130.066 más a partir del 01 de julio, fecha en que entrará en vigencia el ajuste.
En su decisión, el Gobierno consideró la recomendación del Consejo Nacional de Salarios Mínimos de realizar un ajuste de 5,1%, proporción igual a la inflación interanual a mayo. Considerando el nuevo salario mínimo, el jornal mínimo sería de Gs.103.091.
Cabe señalar que, de la población ocupada en el sector no agropecuario, 560.092 personas perciben entre 1 SML y 1,5 SML. De ellas, solo aquellas que perciban 1 SML recibirán el ajuste, por lo que la población beneficiada directamente en este sector sería menor.
Con el ajuste, el salario mínimo en Paraguay pasaría a USD.368,7 y sería el más alto del Mercosur, considerando que el de Uruguay es de USD 108,8, mientras que en Brasil, Argentina y Bolivia es de USD.268,1; USD 313,6 y USD 344,8, respectivamente
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