Por Resolución N°21/2019 la Superintendencia de Bancos adoptó medidas transitorias para los micro, pequeños y medianos productores agropecuarios a fin de paliar los efectos que el clima adverso y la baja de los precios causaron en sus ingresos afectando su capacidad de pago. Entre las medidas establecidas se encuentra que hasta el 31 de diciembre los productores podrán renovar, refinanciar o reestructurar sus deudas con lo que se interrumpirá el plazo de mora, sin que el saldo renegociado sea ponderado en su clasificación como deudor. Así también, se dispuso que las entidades financieras podrán constituir previsiones por el porcentaje mínimo estipulado para la categoría de riesgo del productor, el diferimiento de los cargos de las mismas hasta 36 meses y que la clasificación de los beneficiados por la resolución mejorará si su deuda es negociada entre entidades financieras. El 26,8% de la cartera bancaria corresponde a cultivos agrícolas y cría de animales, por lo que la medidas resultan necesarias.
Fuente: BCP / Elaboración Mentu con datos de BCP
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