El Banco Central reglamentó las Operaciones de Reporto de Carteras de Crédito (ORC) en moneda nacional, que consisten en un acuerdo de venta de títulos valores para su posterior recompra. Con esto, las entidades financieras podrán contar con mayor liquidez para dar créditos. A ello se sumaría la disponibilidad de 2 p.p. más de los encajes en moneda nacional (MN) y extranjera (ME), que se mantienen en 18% y 24%, respectivamente, pudiendo las entidades disponer hasta 11p.p. del correspondiente a MN y 9 p.p. del de ME.
Las operaciones de reporto se darán a aquellos clientes que registren deudas en al menos dos entidades del sistema financiero en los últimos 12 meses y que hayan estado clasificados en la categoría 1 (hasta 1 a) en todas sus operaciones. Así también, que no cuenten con operaciones beneficiadas con alguna medida transitoria o excepcional del BCP o con operaciones de RRR.
Si bien esto generaría mayor liquidez, las posibilidades de acceso a estos créditos son limitadas considerando los requisitos dentro del sistema financiero y que las entidades con las que trabajan las Mipymes, como las casas de crédito, no podrán participar en las ORC.
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