Los diputados aprobaron sin modificaciones la versión remitida por el Senado de la Ley que declara estado de emergencia en Paraguay, que sería promulgada en la fecha por el Poder Ejecutivo.
Dicha Ley autoriza al Gobierno a suscribir préstamos internacionales hasta USD.1.600 millones para hacer frente a los efectos del Covid-19, crea un Fondo de Emergencia Sanitaria, que estará constituido por una parte de los recursos previstos en la misma y por los previstos en el Presupuesto del Ministerio de Salud y crea un Fondo Social de hasta USD.300 millones para los trabajadores en situación de informalidad.
Las modificaciones realizadas por el Congreso incluyen las exoneraciones de pago de las facturas de Ande para los clientes con consumo de hasta 500kwh y el diferimiento de pagos de los demás servicios básicos.
Así también se estableció que el IPS deberá atender a los asegurados durante la emergencia independientemente de la recepción de los aportes obrero patronales que podrán ser refinanciados hasta en 18 meses.
Art. 17. Pago de facturas de marzo, abril y mayo de servicios: |
Art. 18 Se extiende el alcance de las medidas de contingencia a favor de otras empresas distintas a las MIPYMES. |
Art. 22 Se reduce el subsidio a otorgarse hasta dos veces a trabajadores por cuenta propia o dependientes de las Mipymes del 50% al 25% del salario mínimo legal vigente. |
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